Pros y contras de los Organismos Constitucionales Autónomos
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Pros y contras de los Organismos Constitucionales Autónomos
A raíz de las declaraciones del presidente en contra de la existencia de los organismos autónomos, se ha generado un debate público sobre su papel y relevancia en la defensa de los derechos ciudadanos. ¿Qué son los OCA y a quién conviene su desaparición?
Por José Bautista Farías, académico de Cifovis.
A raíz de las declaraciones del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) en contra de la existencia de los organismos autónomos, "porque no funcionan"; "son caros", "son gobiernos paralelos al Estado", "fueron creados en la época neoliberal", etc., se ha generado un debate público sobre su papel y relevancia en la defensa de los derechos ciudadanos. Pero, ¿qué son los Organismos Constitucionales Autónomos (OCA)?; ¿cuáles son los pros y contras?; ¿a quién conviene su desaparición?.
Los llamados OCA son instituciones públicas que "cuentan con personalidad jurídica y patrimonio propio, gozan de independencia en sus decisiones, funcionamiento y administración; están dotados de autonomía presupuestaria, técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y ejercen funciones primarias u originarias del Estado que requieren especialización para ser eficientemente atendidas en el beneficio de la sociedad"[1].
Los pros de los OCA.
La clásica división de poderes, que es el Ejecutivo, Legislativo y Judicial, es un esquema obsoleto totalmente desfasado de la nueva realidad del Estado contemporáneo (Ackerman, J.); los avances de las reformas democráticas en México se deben en parte al papel que han desempeñado los OCA como el INE (antes IFE), así como al papel de los partidos de oposición, la liberalización de los medios de comunicación, la presión de los organismos de la sociedad civil y de la comunidad internacional. En todos los casos, los poderes establecidos (incluidos los partidos tradicionales) se han opuesto a la creación de los OCA porque "invaden" sus esferas de poder, no están subordinados a ellos y en ocasiones toman decisiones en su contra. En este sentido, los OCA son más sensibles a las demandas y presiones de la sociedad civil; más aún, se asumen como sus defensores de las y los ciudadanos en el caso de violación de sus derechos humanos (CNDH) y de ocultamiento de información (INAI).
Los contras de los OCA.
La autonomía no es la panacea, esto es, nada garantiza que los OCA actúen con objetividad, imparcialidad, integridad y honestidad al momento de tomar decisiones. Sus puntos críticos son: i) la designación de los titulares, generalmente son elegidos con base en una terna que envía el Presidente para la aprobación del Congreso, lo que suele politizarse y convertirse en cartas de negociación o en repartición de "cuotas de poder" entre los partidos políticos; ii) adolecen del servicio profesional de carrera, lo que los convierte en espacios para acomodar a incondicionales del gobierno y de los grupos de poder; iii) no están obligados a rendir cuentas de sus acciones, ni de su desempeño a los ciudadanos (dilema de vigilante: ¿quién vigila al vigilante?), lo que provoca abusos en el manejo del presupuesto, los mimos altos sueldos que critica el presidente.
¿A quién beneficia la desaparición de los OCA?
El mayor beneficiario de la desaparición de los OCA sería el Ejecutivo Federal por varias razones: i) anularía contrapesos importantes de la sociedad frente al gobierno; ii) sería juez y parte en los casos de controversia (violación de los derechos humanos, ocultamiento de información, etc.); iii) obtendría más influencia y control en los organismos que combaten la corrupción (el INAI forma parte del Sistema Nacional Anticorrupción) y iv) dispondría de más recursos para sus programas sociales y mayores posibilidades de hacer un uso clientelar de éstos. Lo anterior concentraría y acumularía más el poder en el Ejecutivo.
Si bien AMLO es reconocido por su honestidad, liderazgo y cuenta con la aprobación del 56.9 de la población (Mitofsky, dic/2020), la desaparición de los OCA amerita discutirse ampliamente con la sociedad, bajo esquemas de parlamento abierto, pensando en lo que más nos conviene a todos en el corto, mediano y largo plazo. Los gobiernos no son eternos y suelen cambiar con el tiempo.
[1] Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Colima, citado por Acuayte González, Gerardo, 2020, "Motivos de la irrupción de los organismos constitucionales autónomos en el ordenamiento jurídico mexicano" en López Olvera, Miguel Alejandro, coord., Poderes tradicionales y órganos constitucionales autónomos, UNAM, IIJ., Serie Doctrina Jurídica No. 890, México, p. 203.
Ackerman, John M., "Organismos Autónomos y la Nueva División de Poderes en México y América Latina". Biblioteca Jurídica Virtual de la UNAM. Disponible en: https://adobe.ly/3qBfeMA